martes, 17 de febrero de 2009

Justificación de la prueba a cualquier precio siempre que se trate de delitos como: Terrorismo Tráfico de personas Narcotráfico

La institución de la prueba a cualquier precio, para mi concepto en particular, creo que esa clase de prueba es valida, por que es donde se demuestra la conducta típica del sujeto activo, como también la realización de una conducta que atenta contra la dignidad, tratados derechos internacionales humanitarios, incluyéndole derecho a la vida, la integridad física de las personas, derechos Fundamentals que son inherentes al ser humano, ya que estas conductas realizadas en Colombia no tiene una normatividad drástica que regule los tipo penales, para así demostrar la gravedad del perjuicio que se pueden ocasionar ellos mismos si realizan estos tipos de conductas, en este país no son las normas son flexibles al momento de cometer los delitos, requiere de mano dura para castigar esas conductas que no son mas que un atropello para la vida humana y los tratados internacionales ratificados por la unión europea.
Yo creo que demostrar un prueba de esta magnitud, debe ser legal, y complementaria para castigar e imponer sanciones represivas, drásticas, para que los delincuentes no sigan vulnerando mas derecho fundamentales, como lo es lo la vida, la integridad, el buen trato humana, que merecen muchas personas, el delito de narcotráfico, pone en riego la economía del país, el tesoro publico, y la credibilidad de la seguridad democrática de esta país, donde se anhela un país, sin violencia, pacifico y con armonía de todos los habitantes de un sector social , político, económico y cultural.
En conclusión l institución de la prueba a cualquier precio no creo que vulnere el debido proceso Art. 29 de la constitución política y por ende debe ser analizada y aceptada por el juez al momento de castiga un conducta que atente contra el bien jurídico tutelado como lo es la vida.

Jhon Alex Lopez

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