lunes, 20 de abril de 2009


UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA.

DERECHO PROBATORIO I

Facultad De Derecho

Cartago-valle

PROTOCOLO No. 17

Cartago, Martes 21 de Abril de 2009

LUGAR: Universidad Cooperativa de Colombia Seccional Cartago.

HORA: 5:00 p.m.

PROTOCOLANTE: Esneda Martínez Ramírez.

MODERADOR: Dr. Álvaro Hernán Mejía Mejía

TEMA CENTRAL: Síntesis de la sesión del día Miércoles 15 de Abril de 2009.

OBJETIVOS:

· Hacer una recopilación de lo visto en la clase anterior, para aclarar las dudas existentes y reforzar los conocimientos.

· Avanzar en los temas propuestos para la clase.

LECTURAS:

MANUAL DE DERECHO PROBATORIO. Jairo Parra Quijano.

RECAPITULACIÓN:

Se inicia la clase con la intervención por parte del docente, dando inicio a la recapitulación donde se establece los conceptos emitidos en la clase anterior.

LO QUE ESTA SUJETO A PRUEBA

Que se prueba fundamentalmente?

R/ Los hechos.

Estos hechos pueden ser:

· Con intervención del hombre: - Voluntaria

- Involuntaria

· Sin intervención del hombre: - Mundo natural

- Mundo Cultural.

Los hechos se expresan en la demanda a través de proposiciones.

PROPOSICIONES: Es una oración, en donde se trato de describir el hecho ubicándolo en unas circunstancias de:

· TIEMPO que responde a la pregunta CUANDO?.

· MODO que responde a la pregunta COMO?.

· LUGAR que responde a la pregunta DONDE?.

Con respecto a las CIRCUNSTANCIAS DE TIEMPO encontramos:

  • Unos hechos que ocurren en un lapso o en un periodo, es decir hay dos puntos distantes, un desde y un hasta.

  • Otros no están sujetos a lapso ya que son momentáneos, se agotan fenomenológicamente en un solo momento, como los son los sucesos.

Los sucesos pueden ser:

  • SUCESIVOS: - Sin solución de continuidad (ininterrumpidos).

- Con solución de continuidad (interrumpidos).

  • SIMULTÁNEOS: varios hechos ocurren simultáneamente

CIRCUNSTANCIAS DE MODO:

Hacen una descripción de cualidades y características.

Podemos distinguir descripciones de bienes muebles y de bienes inmuebles.

Bien Mueble se distingue por su género, clase, calidad, peso

Bien Inmueble: Por su ubicación, linderos, medidas.

CIRCUNSTANCIAS DE LUGAR:

Un hecho puede ocurrir en un solo lugar o en varios lugares. Variables que se manejan son espacio-temporales.

Cundo ocurrió donde ocurrió.

Tiempo ­­---------Modo-----------Espacio

Lo que se trata de probar es un hecho, que algo ocurrió de determinada forma.

En una demanda se requiere una fundamentación:

· Jurídica.

· Fáctica.

· Probatoria.

Probados los hechos, con fundamentación en la norma, lleva a una sentencia favorable.

AVANCE

LO QUE NO ESTA SUJETO A PRUEBA

  • Hechos notorios.
  • Afirmaciones y negaciones indefinidas.
  • La ley.

AFIRMACIONES Y NEGACIONES INDEFINIDAS

Estas afirmaciones no están sujetas a circunstancias de tiempo, modo y lugar.

No envuelven proposiciones que puedan ser determinadas por circunstancias de tiempo, modo y lugar y por ende existe una posibilidad lógica de probar un suceso o un evento indefinido (bien sea positivo o negativo), radica en que no habría límites a la materia o tema a probar.

Existen dos efectos importantes desde el punto de vista del derecho probatorio:

  1. Quien aduce o expone la proposición que contiene la afirmación o la negación indefinida queda relevado de la prueba.
  2. La carga de la prueba se desplaza hacia la contraparte.

PROTOCOLANTE:

ESNEDA MARTINEZ RAMIREZ

C.C: 31430242


PROTOCOLO NUMERO 16

TEMA: PRINCIPIO DEL DERCHO A LA PRUEBA

AVANCE DE LA SESION: OBJETO Y TEMA DE LA PRUEBA

FECHA: ABRIL 14 DE 2009

HORA: 05:00 PM

LUGAR: AULA 13 UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA

PROTOCOLANTE: JOSE ALEJANDRO RINCON

DESARROLLO DEL TEMA:

Se inicia la sesión, haciendo un recuento de lo visto hasta el momento referente al derecho a la prueba y sus cinco aspectos: el derecho a ser preconstituida, derecho a ser admitida, derecho a ser practicada, derecho a ser valorada y derecho a ser explicada.

* llamado a lista: el día 14 de abril de 2008, no asistió a la cátedra de derecho probatorio 1 el compañero Juan José Chiquito Barco.

AVANCE DE LA SESION

¿QUE SE PRUEBA?
En lo fundamental se prueban hechos.
Existen hechos con la intervención del hombre, la cual puede ser voluntaria o involuntaria y hechos sin la intervención humana, los cuales pueden ser del mundo cultural o del mundo natural.

Los hechos que se van a probar, deben ser descritos bajo las circunstancias de modo, tiempo y lugar:
*MODO: ¿Cómo?  Cuenta las cualidades y características del hecho, como paso. Hay casos en que la descripción del hecho no lo describe de manera histórica sino que solamente se relata un estado.
*TIEMPO: ¿Cuándo?  Hay circunstancias de tiempo sometidas a un lapso (un desde y un hasta) y otras que pueden ser momentáneas.
*LUGAR: ¿Dónde?  Hay hechos que se dan en un solo lugar y otros que se dan en varios. Estos también pueden darse de forma sucesiva ininterrumpida o con interrupción o pueden darse de forma simultánea. El lugar esta directamente ligado con la competencia del juez.

¿QUE NO SE PRUEBA?
Normalmente no esta llamado a prueba.

• los hechos notorios
• las negaciones o afirmaciones indefinidas
• la ley


Finalmente se deja como consulta para la sesión posterior, averiguar en que consisten las negaciones o afirmaciones indefinidas.

CIERRE DEL PROTOCOLO

PROTOCOLANTE:

JOSE ALEJANDRO RINCON